Afiliación
Miembros Individuales
Podrán ser miembros de la Asociación aquellas personas físicas y jurídicas que voluntariamente se impliquen en la realización de los objetivos de la Organización y que estén dispuestas a trabajar para realizarlos.
Las personas que deseen unirse a la Asociación como Miembros Individuales son bienvenidas a la Organización.
Derechos
Los Miembros Individuales tendrán los siguientes derechos:
- Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
- Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
- Participar en las Asambleas con voz y voto.
- Ser electores y elegibles para los cargos directivos, así como para presidir las Comisiones y Grupos de Trabajo.
- Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
- Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Obligaciones
Los Miembros Individuales tendrán las siguientes obligaciones:
- Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
- Abonar las cuotas que se fijen.
- Participar en las actividades de al menos una Comisión o Grupo de Trabajo.
- Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
- Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
Afiliación
Miembros Asociados
El primer objetivo de OISTAT es el intercambio de ideas e innovaciones, y promover la colaboración nacional e internacional. En reconocimiento de la importancia de las organizaciones que están estrechamente relacionadas con las prácticas de las personas que trabajan en apoyo de los espectáculos en vivo, este tipo de organizaciones pueden solicitar convertirse en Miembros Asociados.
Siendo la formación uno de los objetivos fundamentales de la Asociación, las instituciones de educacion teatral son bienvenidas a solicitar convertirse en Miembros Asociados.
Derechos
Los Miembros Asociados tendrán los siguientes derechos:
- Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
- Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
- Designar tres miembros que representarán al Mienbro Asociado en la Asociación.
- Participar en las Asambleas con voz y tres votos.
- Los miembros designados serán electores y elegibles para los cargos directivos, así como para presidir las Comisiones y Grupos de Trabajo.
- Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
- Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
- Proponer actividades a la Junta Directiva a ser desarrolladas conjuntamente por el Miembro Asociado y la Asociación.
Obligaciones
Los Miembros Asociados tendrán las siguientes obligaciones:
- Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
- Abonar las cuotas que se fijen.
- Designar tres miembros que representarán al Miembro Asociado en la Asociación.
- Participar en las actividades de al menos una Comisión o Grupo de Trabajo.
- Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
- Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
Afiliación
Miembros Patrocinadores
Las empresas tales como proveedores o fabricantes de productos utilizados en apoyo de los espectáculos en vivo que quieran contribuir con cualquier medio a la realización de los fines de la asociación son bienvenidas a solicitar convertirse en Miembros Patrocinadores.
Derechos
Los Miembros Patrocinadores tendrán los siguientes derechos:
- Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
- Consignar su pertenencia a la Asociación en su documentación corporativa y publicitaria.
- Usar el logotipo, imagen o marca de la Asociación en su documentación corporativa.
- Figurar como miembro en todos los listados de la Asociación y en especial en Internet.
- La inserción de Banner de anuncio en el sitio web asociado a eventos o actividades en los que participe.
- Su inclusión en todos los comunicados de prensa y otros contactos con los medios.
- Publicidad en medios de promoción asociado a eventos o actividad.
- Publicidad en los programas o catálogos de evento o actividad de la Asociación.
- La oportunidad de proveer gratuitamente equipos, servicios, tecnología o personal para actividades y eventos organizados por la Asociación.
- Otros beneficios que puedan ser acordados entre la Asociación y el Miembro Patrocinador.
Afiliación
Miembros de Honor
Los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva.
Derechos
Los Miembros de Honor tendrán los siguientes derechos:
- Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
- Participar en las Asambleas con voz y voto.
- Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
- Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Obligaciones
Los Miembros de Honor tendrán las siguientes obligaciones:
- Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
- Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
Afiliación
Tramitación
Estimular el intercambio de ideas e innovaciones, y promover la colaboración nacional e internacional entre las profesiones que apoyan el espectáculo en vivo.
Servir a la forma artística de los espectáculos en vivo, y a las personas que diseñan y crean espectáculos en vivo.
Establecer y mantener un intercambio nacional e internacional del conocimiento y práctica del diseño de los espectáculos en vivo, la arquitectura y la tecnología, junto con otras disciplinas relacionadas, en su apoyo a los espectáculos en vivo.
Ser enlace y representante a nivel del Estado Español de la Organización Internacional de Escenógrafos, Técnicos y Arquitectos de Teatro (OISTAT) (Nota: las iniciales siempre siguen la secuencia en francés, Organisation Internationale des Scénographes, Techniciens et Architectes de Théâtre);
Afiliación
Fin de la Afiliación
Los miembros causarán baja por alguna de las causas siguientes:
- Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
- Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
Afiliación
Cuotas Anuales
La cuota de afiliación anual que deberán pagar los Miembros Individuales, los Miembros Asociados y los Miembros Patrocinadores será determinada por la Junta Directiva. Las cuotas debidas y exigibles deben ser pagadas cada año.
Las cuotas anuales fijadas para el año 2015 son las siguientes:
Miembro Individual
50€
Pago anual
Miembro Estudiante
30€
Pago anual
Miembro Asociado
150€
Pago anual
Miembro Patrocinador
Afiliación
Forma de Pago
Por domiciliación bancaria.
Por medio de transferencia bancaria a la cuenta de la Asociación:
Banco de SantanderAsociación OISTAT EspañaIBAN: ES56 0049 3660 1822 1417 3004
Afiliación
Solicitud de Inscripción
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